IRPF al vender un inmueble en Uruguay: cómo se calcula
Por Luis A. Rossello - 2026-06-11
¿Cómo se calcula el IRPF al vender un inmueble?
El IRPF por venta de inmuebles en Uruguay tiene una tasa del 12% sobre la renta computable (la ganancia), no sobre el precio total de venta. Según cuándo compraste la propiedad, se calcula por el criterio real o por el criterio ficto. Solo se paga si hay ganancia, y lo retiene el escribano en la escritura.
Criterio real (compras posteriores a julio de 2007)
La ganancia es la diferencia entre el precio de venta (o el valor catastral, el mayor) y el costo de compra actualizado por inflación, más el ITP pagado y las mejoras documentadas. Sobre esa ganancia se aplica el 12%. Por ejemplo, sobre una ganancia computable de USD 100.000, el IRPF sería de unos USD 12.000.
Criterio ficto (compras anteriores a julio de 2007)
Para inmuebles adquiridos antes de esa fecha podés optar por el criterio ficto: la renta computable es el 15% del precio, y sobre eso se aplica el 12%, lo que equivale a un 1,8% del precio de venta. Suele ser conveniente cuando la ganancia real es alta.
Quién lo calcula y paga
El escribano lo retiene en la escritura. Como el cálculo depende de tu situación particular, conviene que un escribano o contador haga los números antes de fijar el precio.
Preguntas frecuentes
¿El IRPF es sobre todo lo que recibo? No, solo sobre la ganancia (la diferencia con el costo actualizado), no sobre el precio total.
¿Cuánto es la tasa? 12% sobre la renta computable. Con criterio ficto, equivale a 1,8% del precio.